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Declaración universal
de los derechos de los animales
 

Preámbulo

Considerando que todo animal tiene derechos.

Considerando que el desconocimiento y el desprecio de estos derechos han llevado y continúan llevando al hombre a cometer crímenes contra la naturaleza y contra los animales.

Considerando que el reconocimiento por parte de la especie humana del derecho a la existencia de las otras especies animales constituye el fundamento de la coexistencia de las especies en el mundo.

Considerando que el hombre ha perpetrado genocidio y amenaza con otros; considerando que el respeto a los animales por parte del hombre está ligado al respeto de los hombres entre sí.

Considerando que la educación debe enseñar desde la infancia a observar, comprender, respetar y amar a los animales;

 

Se proclama:

Art.1

Todos los animales nacen iguales ante la vida y tienen los mismos derechos de existencia.

Art. 2

a) Todo animal tiene derecho a ser respetado.

b) El hombre, en cuanto especie animal, no puede atribuirse el derecho de exterminar otros animales, o de destruirlos violando este derecho. El tiene el deber de utilizar sus conocimientos al servicio de los animales.

c) Todo animal tiene derecho a la consideración, a los cuidados y a la protección del hombre.

Art. 3

a) Ningún animal deberá ser sometido a maltratos o actos crueles.

b) Si la supresión de un animal es necesaria, deberá ser instantánea, sin dolor ni angustia.

Art. 4

a) Todo animal que pertenezca a una especie salvaje tiene el derecho de vivir libre en su ambiente natural, terrestre, aéreo o acuático y tiene el derecho a reproducirse.

b) Toda privación de libertad, aunque sea con fines educativos, es contraria a este derecho.

Art. 5

a) Todo animal que pertenezca a una especie que vive habitualmente en el ambiente del hombre, tiene el derecho de vivir y de crecer según el ritmo y en las condiciones de vida y libertad que son propias de su especie.

b) Toda modificación de este ritmo y de estas condiciones impuestas por el hombre con fines mercantiles es contraria a este derecho.

Art. 6

a) Todo animal que el hombre haya escogido como compañero, tiene derecho a una duración de vida conforme a su natural longevidad.

b) El abandono de un animal es un acto cruel y degradante.

Art. 7

Todo animal que trabaja tiene derecho a razonables limitaciones de duración e intensidad de trabajo, a una alimentación adecuada y a descanso.

Art. 8

a) La experimentación animal que implique sufrimiento físico y psíquico es incompatible con los derechos de los animales, sea que se trate de una experimentación médica, científica, comercial, sea de cualquier otra forma de experimentación.

b) Las técnicas sustitutivas deben ser utilizadas y desarrolladas.

 

Art. 9

En el caso que el animal sea criado para alimentación, debe ser nutrido, hospedado, transportado y muerto sin que le resulte ansiedad ni dolor.

Art. 10

a) Ningún animal debe ser usado para diversión del hombre. b) La exhibición de animales y los espectáculos que utilizan animales son incompatibles con la dignidad del animal.

Art. 11

Todo acto que comporte la muerte de un animal sin necesidad es un biocidio, esto es, un delito contra la vida.

Art. 12

a) Todo acto que comporte la muerte de un gran número de animales salvajes es un genocidio, esto es, un delito contra la especie.

b) La contaminación y la destrucción del ambiente natural llevan al genocidio.

Art. 13

a) El animal muerto debe ser tratado con respeto.

b) Las escenas de violencia en las que los animales son víctimas deben prohibirse en el cine y en la televisión, a no ser que tengan como fin mostrar un atentado a los derechos de los animales.

Art. 14

a) Las asociaciones de protección y salvaguarda de los animales deben estar representadas a nivel de Gobierno.

b) Los derechos de los animales deben ser defendidos por la ley como los derechos del hombre.

 
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